SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 06/01
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 06/01

Fecha: 05-Feb-2001

I.11

I.11 Que el objetivo del art. 53  de la Ley N° 1864  es establecer “un gran aparato administrativo” que cobrará comisiones del mismo Fondo de Capitalización Colectiva por distribuir el Bolivida y las Acciones Populares, beneficiando a las AFP's y a quienes administren el  RIN, haciendo notar que la Ley N° 1732 ya establece el registro de los beneficiarios en la Base de Datos del Fondo de Capitalización Colectiva, siendo una de las obligaciones de las AFP's  por la que cobran las comisiones establecidas.