SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 06/01
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 06/01

Fecha: 05-Feb-2001

III.6

III.6   Que los bienes que forman el patrimonio autónomo de un fideicomiso están sujetos a una finalidad determinada que no puede ser cambiada; siendo el Fondo de Capitalización Colectiva un  patrimonio autónomo constituido por las acciones que poseía el Estado en las empresas capitalizadas y que, por disposición de las Leyes N° 1544 y N° 1732 están afectadas a la finalidad exclusiva y determinada de beneficiar con su producto a los bolivianos; o sea, que lo que pertenece en propiedad a los ciudadanos bolivianos son los recursos o productos financieros provenientes de las acciones, lo que ha sido mantenido por la Ley N° 1864.