SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 06/01
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 06/01

Fecha: 05-Feb-2001

III.5

III.5   Que las acciones transferidas fueron asignadas al fin exclusivo de que los recursos provenientes de ellas sean entregados a los beneficiarios, habiéndose mantenido esta concepción jurídica en la Ley de Propiedad y Crédito Popular, conservando los derechos esenciales que adquirieron los bolivianos, las obligaciones del fideicomitente y del fiduciario, habiéndose modificado la forma de entrega de los beneficios, inspirándose en los principios contenidos en el art. 158 de la Constitución.