SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 06/01
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 06/01

Fecha: 05-Feb-2001

III.4

III.4   Que según el art. 6 de la Ley de Capitalización, el Poder Ejecutivo transfirió al Fondo de Pensiones de Capitalización Individual, las acciones que poseía en las sociedades de  economía mixta para que con los resultados financieros de la administración del patrimonio autónomo, se beneficien los bolivianos mayores de edad al 31 de diciembre de 1995; así, el Poder Ejecutivo hizo el papel de fideicomitente y posteriormente las AFP's  se convirtieron en fiduciarias.