DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0035/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0035/2014

Fecha: 27-Jun-2014

4)

4)  En lo referente al numeral 31, el art. 283 de la CPE, expresa que: “El gobierno autónomo municipal está constituido por un Concejo Municipal con facultad deliberativa, fiscalizadora y legislativa municipal en el ámbito de sus competencias…”, de lo que se interpreta, por exclusión, que el Órgano Ejecutivo, presidido por la Alcaldesa o el Alcalde, ejerce las facultades ejecutiva y reglamentaria. Por consiguiente, pretender otorgar al Concejo la facultad de aprobar instrumentos de regulación organizacional de carácter operativo como son los manuales de organización, funciones, procedimientos y organigrama, invade las facultades reglamentarias y ejecutivas que asisten al Ejecutivo.