DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0035/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0035/2014

Fecha: 27-Jun-2014

Artículo 60. Suspensión Temporal de las Concejalas o los Concejales

Las Concejalas o los Concejales podrán ser suspendidas o suspendidos de manera temporal cuando exista auto de acusación formal en su contra. En este caso la o el suplente de la Concejala o el Concejal suspendida o suspendido será habilitada o habilitado previo trámite ante el Tribunal Electoral Departamental y Resolución Municipal de admisión, quien asumirá la titularidad mientras se sustancie el proceso de acuerdo a ley”.

Las Concejalas o los Concejales podrán ser suspendidas o suspendidos de manera temporal cuando exista auto de acusación formal en su contra. En este caso la o el suplente de la Concejala o el Concejal suspendida o suspendido será habilitada o habilitado previo trámite ante el Tribunal Electoral Departamental y Resolución Municipal de admisión, quien asumirá la titularidad mientras se sustancie el proceso de acuerdo a ley.