DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0035/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0035/2014

Fecha: 27-Jun-2014

Artículo 58. Conflicto de Intereses y Prohibiciones de las Concejalas, los Concejales y las y los Representantes de los Pueblos Indígena Originario Campesinos

3. Ejercer funciones de administrador, arrendatario concesionario o adjudicatario de bienes, obras, servicios públicos y explotaciones municipales, servir de intermediario, fiador, deudor y en cualquier otra actividad financiera, comercial, industrial o de servicios en general, en la cual se encuentre relacionada el Gobierno Autónomo Municipal de Tapacarí, sus bienes, servicios y obligaciones ; y

3. Ejercer funciones de administrador, arrendatario concesionario o adjudicatario de bienes, obras, servicios públicos y explotaciones municipales, servir de intermediario, fiador, deudor y en cualquier otra actividad financiera, comercial, industrial o de servicios en general, en la cual se encuentre relacionada el Gobierno Autónomo Municipal de Tapacarí, sus bienes, servicios y obligaciones ; y