DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0035/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0035/2014

Fecha: 27-Jun-2014

Artículo 94. Referendo Municipal

El Referendo Municipal es un mecanismo constitucional de democracia directa y participativa por el cual las ciudadanas y los ciudadanos, mediante sufragio universal, deciden sobre normas, políticas o asuntos de interés público; se aplicará únicamente para las materias de competencia exclusiva municipal, expresamente establecidas en la Constitución Política del Estado. Los referendos municipales se desarrollarán de acuerdo a los Artículos 12 al 24 de la Ley del Régimen Electoral, en lo referente al ámbito municipal.