DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0035/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0035/2014

Fecha: 27-Jun-2014

Artículo 46. De la Directiva y las Comisiones

I.   El Concejo Municipal, en su primera sesión ordinaria, elegirá su Directiva de entre las Concejalas y los Concejales titulares y las o los Representantes de los Pueblos Indígena Originario Campesinos estará compuesta por una Presidenta o un Presidente, una Vicepresidenta o un Vicepresidente y una Secretaria o un Secretario. La Presidenta o el Presidente y la Secretaria o el Secretario representarán a la mayoría, y la Vicepresidenta o el Vicepresidente a la minoría”.

I.   El Concejo Municipal, en su primera sesión ordinaria, elegirá su Directiva de entre las Concejalas y los Concejales titulares y las o los Representantes de los Pueblos Indígena Originario Campesinos estará compuesta por una Presidenta o un Presidente, una Vicepresidenta o un Vicepresidente y una Secretaria o un Secretario. La Presidenta o el Presidente y la Secretaria o el Secretario representarán a la mayoría, y la Vicepresidenta o el Vicepresidente a la minoría.