DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0035/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0035/2014

Fecha: 27-Jun-2014

Sobre el parágrafo II

En este contexto, precautelando el desarrollo de una gestión pública municipal eficaz, eficiente y transparente, no es constitucionalmente admisible el limitar o restringir las acciones que los actores de la participación y el control social a la viabilización o no de la gestión, sino la de coadyuvar a la misma cuando corresponda (participación) y la de precautelar porque el funcionamiento del aparato municipal se desarrolle dentro del marco de la legalidad (control social), lo que en determinados casos podrá significar la reconducción o reformulación de las mismas, siempre en el marco de lo establecido en la Constitución Política del Estado y las leyes.