DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0035/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0035/2014

Fecha: 27-Jun-2014

Artículo 70. De las Subalcaldesas o los Subalcaldes

2. Los requisitos para asumir el cargo de Subalcaldesa o Subalcalde, las atribuciones que le serán delegadas y la forma de nominación, y/o designación (y/o por consulta), serán determinados por la Ley de Organización del Órgano Ejecutivo, previamente acordado y consensuado con la sociedad civil organizada.

3. Las atribuciones de las Subalcaldesas y Subalcaldes serán de carácter operativo y administrativo en la ejecución de las políticas, planes, proyectos y servicio en el nivel distrital respectivo, de acuerdo al Plan Operativo Anual y el Plan de Desarrollo Municipal y bajo tuición y supervisión de la Alcaldesa o Alcalde.