DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0018/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0018/2015

Fecha: 16-Ene-2015

ARTÍCULO 144. REGIMEN DE LA JUVENTUD

a.     Brindar atención integral, diferenciada, eficiente y oportuna a la población adolescente y joven en todos los establecimientos de las redes de servicios del sistema de salud con énfasis en la promoción y prevención, alentando la participación activa de adolescentes y jóvenes en el auto cuidado de la salud.