DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0018/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0018/2015

Fecha: 16-Ene-2015

Control previo de constitucionalidad del numeral 19

En relación al numeral 19, se advierte que por el principio de independencia de órganos, prevista por el art. 12.I de la CPE, la participación y control social no pueden formar parte del directorio de una empresa municipal, pues constitucionalmente esa no es su labor, pues ni el art. 242 de la CPE, ni la Ley de Participación y Control Social contemplan dicha situación como parte de sus previsiones.