DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0018/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0018/2015

Fecha: 16-Ene-2015

Control previo de constitucionalidad del numeral 22

En lo referente al numeral 22,el cual señala que es atribución del Alcalde: “Poner a disposición de la autoridad competente los estados financieros y la ejecución presupuestaria de la gestión anterior, debidamente suscritos y aprobados por el Concejo Municipal…”, se advierte que se está vulnerando a la independencia de órganos, la cual está prevista en el tantas veces citado art. 12.I de la CPE, toda vez que crearía dependencia entre el Alcalde y la referida suscripción y aprobación del Concejo Municipal de dichos estados financieros.