DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0018/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0018/2015

Fecha: 16-Ene-2015

reglamentos

Con referencia al numeral 11 del art. 40, se advierte que existe una vulneración del principio de independencia de órganos del Estado previsto por el art. 12.I de la CPE, toda vez que aquel numeral establece que el Concejo Municipal aprobará el plan de Desarrollo Municipal y demás planificación con sus normas y reglamentos, cuando estos últimos son atribución únicamente del Alcalde, advirtiéndose que esa exclusividad se pierde al subordinarse al Órgano Legislativo.