DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0018/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0018/2015

Fecha: 16-Ene-2015

ARTÍCULO 28. ATRIBUCIONES DEL CONCEJO Y DE LA DIRECTIVA

21. Aprobar mediante resolución interna el presupuesto del concejo, la planilla presupuestaria para la remuneración de los concejales, alcalde municipal y administración municipal, de acuerdo con el grado de responsabilidad y la naturaleza del cargo; así mismo la escala de viáticos en conformidad de normativa vigente y la capacidad económica del municipio, para su consolidación en el presupuesto municipal”.

10.  Aprobar dentro los primeros 15 días de su presentación el Programa Operativo Anual y el Presupuesto Municipal presentado por el ejecutivo municipal en base al Plan de Desarrollo Municipal, utilizando la planificación participativa Municipal. Cuando el concejo municipal no se pronunciara en el plazo señalado, el Programa Operativo Anual y Presupuesto Municipal presentados se darán por aprobados.

21. Aprobar mediante resolución interna el presupuesto del concejo, la planilla presupuestaria para la remuneración de los concejales, alcalde municipal y administración municipal, de acuerdo con el grado de responsabilidad y la naturaleza del cargo; así mismo la escala de viáticos en conformidad de normativa vigente y la capacidad económica del municipio, para su consolidación en el presupuesto municipal.