DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0047/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0047/2015

Fecha: 26-Feb-2015

Artículo 139.-

La creación, modificación o supresión de tributos por el Gobierno Autónomo Municipal de Camargo, en el ámbito de sus competencias, se realizará mediante leyes emitidas por su órgano legislativo, pudiendo ser a iniciativa de la sociedad civil o en su conocimiento. Estas leyes aplicarán todas las disposiciones tributarias en vigencia sobre su respectivo dominio tributario, en ningún caso estas normas podrán establecer procedimientos jurisdiccionales, tipificar tributarios ilegales ni establecer sanciones, de acuerdo a lo establecido a Ley.