DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0047/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0047/2015

Fecha: 26-Feb-2015

PREÁMBULO

La Constitución Política del Estado aprobada en Enero de 2009, asume el reto histórico de construir colectivamente un Estado Unitario Social de Derecho Plurinacional Participativo, que integra y articula los propósitos de avanzar hacia un Estado Demócrata, Productivo, Portador e Inspirador de la Paz, comprometido con el desarrollo integral y con la libre determinación de los pueblos. Este último elemento provocativo y desafiante estimula a hombres y mujeres de la sociedad civil a tomar de manera autónoma sus propias decisiones, por ello se promulga la Ley Marco de Autonomías y Descentralización.

Esta nueva articulación Autonómica, a través de la Ley Marco de Autonomías  y Descentralización, libera grandes retos a los Gobierno Autónomos Municipales en aplicación de las competencias exclusivas, que sin duda traerá mecanismos de acción en busca de una eficaz y eficiente administración de recursos humanos y económicos buscando la transparencia y participación ciudadana.

Toda esta nueva normativa vigente y el proceso Autonómico, asumida por el Gobierno Autónomo Municipal de Camargo que a través de este reto pretende aplicará la carta orgánica municipal  con la finalidad de establecer la institucionalidad de esta instancia con la mayor responsabilidad y compromiso, para la consolidación de la autonomía plena en el municipio autónomo de Camargo.

En ese marco histórico y de coyuntura actual es que actores sociales hombres y mujeres, representantes de las instituciones y la población en general; en el  ejercicio pleno de la libertad, la democracia y los derechos existentes dentro del Municipio Autónomo de Camargo, reunidos con las organizaciones de base, bajo los principios de unidad, voluntariedad, solidaridad, equidad, bien común, autogobierno, igualdad, complementariedad, reciprocidad, equidad de género, subsidiariedad, gradualidad, coordinación, lealtad institucional, transparencia, dignidad, libertad, justicia social, provisión de recursos económicos, participación y control social, constituyen la Asamblea Autonómica Municipal, elaboran y promulgan la presente Carta Orgánica Municipal que regulará el ordenamiento jurídico del municipio de Camargo en la búsqueda del desarrollo integral sistémico del Municipio cuyo objeto final prioriza el desarrollo humano como el fin de las cosas.

Efectuadas las consideraciones preliminares que anteceden, corresponde realizar el análisis propiamente dicho, a partir del Preámbulo del mencionado proyecto, el mismo que de manera general es compatible con la Constitución Política del Estado, salvo aquellas frases que califican al municipio de “autónomo”, cuyo término debe suprimirse, entendiendo que es producto del principio de voluntariedad, las NPIOC y las ciudadanas y ciudadanos de las entidades territoriales, ejercen libre y voluntariamente el derecho a acceder a la autonomía de acuerdo a lo establecido en la Constitución Política del Estado y la ley; de modo que conforme al art. 272 de la misma Norma Suprema, es la propia sociedad civil que por medio de la elección de sus autoridades, dota a los órganos de los diferentes niveles de gobierno de dicha cualidad gubernativa, para que en representación de ella, ejerzan las facultades legislativa, reglamentaria, fiscalizadora y ejecutiva, en el marco de las competencias y atribuciones conferidas por la Ley Fundamental y en el ámbito de una jurisdicción territorial específica, que para el caso de la autonomía municipal, será en el ámbito territorial de cada municipio, dado que éste, al tenor del art. 269 de la CPE, es una de las unidades territoriales en que se organiza política, jurídica, administrativa y territorialmente el Estado Plurinacional, junto con los departamentos, provincias y territorios indígena originario campesinos (TIOC).