DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0047/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0047/2015

Fecha: 26-Feb-2015

Artículo 174.-

1. Asegurar la inclusión social, política y cultural de las niña, niños y adolescentes, como  sujetos sociales de derecho; así como el goce y el ejercicio de sus derechos basados en la igualdad, no discriminación, respeto, solidaridad e interculturalidad en el marco de las políticas nacionales y normativas vigentes de protección especial de la infancia, niñez y adolescencia.

2. Elaborar y aprobar de manera participativa con actores sociales, una Ley Municipal que regule la promoción y desarrollo de políticas públicas municipales con enfoque de derechos para niñas, niños y adolescentes, así como los fondos para atender el desarrollo de las mismas en los planes de desarrollo municipal y planes operativos anuales del municipio, que garanticen el desarrollo de acciones de promoción y protección integral de las niños, niñas y adolescentes y jóvenes.

3. Promover el desarrollo integral en una cultura de paz y buen trato a nivel personal, familiar, barrial, comunitario y municipal, además de promover espacios Ínter sociales culturales, recreativos y deportivos, garantiza la creación y funcionamiento de escuelas deportivas en las distintas disciplinas y promueve la práctica deportiva de niñas, niños, adolescentes y jóvenes a través de fácil acceso.

III. El Gobierno Autónomo Municipal de Camargo, la sociedad y la familia dentro de sus respectivos ámbitos, son corresponsables de la adopción de las medidas políticas, económicas, jurídicas, legislativas, administrativas, sociales, culturales y educativas que sean necesarias para la plena vigencia, ejercicio efectivo, garantía, protección y exigibilidad de la totalidad de los derechos de infantes, niños, niñas y adolescentes; para ello el Gobierno Autónomo Municipal debe:

1. Establecer el Concejo Municipal a la Comisión Municipal de la Niñez y Adolescencia, como instancia propositiva, consultiva y fiscalizadora de las políticas y acciones de protección a favor de niños, niñas y adolescentes, con participación de representantes de la sociedad civil y de los propios niños, niñas y adolescentes.

3. Establecer la Defensoría de la Niñez y Adolescencia como servicio municipal gratuito de protección y defensa socio-jurídica e instancia promotora que vela por la protección y el cumplimiento de los derechos de los niños, niñas y adolescentes, desconcentrando sus funciones en oficinas distritales o regionales de acuerdo con la densidad poblacional de su jurisdicción.