DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0047/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0047/2015

Fecha: 26-Feb-2015

declarar la incompatibilidad de dicha previsión, por afectar el principio constitucional mencionado; siendo obligación del consultante reformular la regulación, siguiendo lo expresado en el presente control previo de constitucionalidad, de acuerdo a la Ley Fundamental.

Como puede advertirse, la regulación analizada contiene prescripciones relativas a dos materias competenciales, esto es, salud y educación, sin que entre ambas se observe ninguna forma de correlación o coherencia; en ese marco, conforme se expuso en su oportunidad, de acuerdo al art. 9.2 de la CPE, la seguridad es fin y función esencial del Estado; en ese marco es necesario que los actos de la administración pública municipal, se sustenten en normas que brinden claridad y rigurosidad, a objeto de evitar arbitrariedades provenientes de ambigüedades normativas; en el caso analizado, la norma cuestionada, vulnera el principio de seguridad jurídica, dada su evidente indeterminación normativa, por lo que corresponde declarar la incompatibilidad de dicha previsión, por afectar el principio constitucional mencionado; siendo obligación del consultante reformular la regulación, siguiendo lo expresado en el presente control previo de constitucionalidad, de acuerdo a la Ley Fundamental.