DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0047/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0047/2015

Fecha: 26-Feb-2015

declarar la incompatibilidad de la previsión analizada, considerando su falta de concordancia con los arts. 270 y 272 de la CPE; debiendo reformularse el artículo según los fundamentos que sustentan el presente análisis de constitucionalidad, lo que implica reemplazar el término “adopta” tanto del epígrafe como del enunciado de la norma por un término que responda a la jurisprudencia descrita en el presente control previo de constitucionalidad.

Por lo expuesto, en el marco de la jurisprudencia constitucional que se menciona, corresponde declarar la incompatibilidad de la previsión analizada, considerando su falta de concordancia con los arts. 270 y 272 de la CPE; debiendo reformularse el artículo según los fundamentos que sustentan el presente análisis de constitucionalidad, lo que implica reemplazar el término “adopta” tanto del epígrafe como del enunciado de la norma por un término que responda a la jurisprudencia descrita en el presente control previo de constitucionalidad.