DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0047/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0047/2015

Fecha: 26-Feb-2015

por consiguiente amerita declarar la incompatibilidad de la previsión por ser contraria a los preceptos contenidos en los arts. 11.II y 410 de la CPE, debiendo el estatuyente municipal reformular el artículo en consonancia con los fundamentos precedentemente esgrimidos.

En el marco de los antecedentes expuestos, no corresponde que la norma básica institucional, garantice que las ciudadanas y ciudadanos del municipio de Camargo, se pronuncien sobre políticas y asuntos de interés colectivo relativos al sector salud y de forma corresponsable, a través de asambleas y cabildos, cuyos mecanismos democráticos de participación directa surgen de manera espontánea en el colectivo social, sin mediar autorización de ninguna instancia o nivel de gobierno; por consiguiente amerita declarar la incompatibilidad de la previsión por ser contraria a los preceptos contenidos en los arts. 11.II y 410 de la CPE, debiendo el estatuyente municipal reformular el artículo en consonancia con los fundamentos precedentemente esgrimidos.