DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0047/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0047/2015

Fecha: 26-Feb-2015

declarar la incompatibilidad íntegra del mismo, por ser contrario a los preceptos, principios y derechos arriba mencionados.

Finalmente, en cuanto a la última parte del parágrafo IV, es necesario precisar que no es competencia municipal tipificar conductas como antijurídicas y sujetas a sanciones de tipo penal, dado que la codificación sustantiva y adjetiva en materia penal es una competencia privativa del nivel central de Estado, tal como se desprende del art. 298.I.21 de la CPE y las conductas delictivas contra la propiedad en general, deben ser investigadas y sancionadas por la administración de justicia, la cual, de acuerdo al art. 298.II.24 de la misma CPE, es una competencia exclusiva del nivel central del Estado.