DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0047/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0047/2015

Fecha: 26-Feb-2015

existiendo la posibilidad que la frase: “

En ese marco, esta unidad si bien puede generar información que le permite a la máxima autoridad del órgano ejecutivo utilizarla para su informe de gestión, ésta no es una obligación de aquella repartición, como tampoco dicha autoridad puede definir qué aspectos serán abordados en el plan operativa anual de la unidad de auditoría interna, porque ello afectaría la su independencia; por esta razón, existiendo la posibilidad que la frase: “para su informe anual del ejecutivo”, puede justificar actuaciones reñidas con la normativa que regula el funcionamiento de la unidad de auditoría interna, será pertinente declarar su incompatibilidad con el art. 9.2 de la CPE, al provocar una distorsión de los fines específicos correspondientes a los controles administrativos internos del municipio; en consecuencia en aras de la seguridad jurídica que debe primar en la norma analizada, se deberá proceder a la supresión de dicha frase según la Norma Suprema.