DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0047/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0047/2015

Fecha: 26-Feb-2015

Artículo 141.-

b. Transferir recursos públicos en efectivo o en especie, a organizaciones económico-productivas y organizaciones territoriales, con el objeto de estimular la actividad productiva y generación de proyectos de desarrollo, seguridad alimentaria, reconversión productiva y salud, en el marco del Plan Nacional de Desarrollo; el uso y destino de estos recursos será autorizado mediante norma del Órgano Legislativo del municipio.