DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0096/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0096/2015

Fecha: 08-Abr-2015

Artículo 31.- (Distritos municipales)

I.  Los distritos municipales son espacios des­concentrados de administración, gestión, planificación, participación ciudadana y des­centralización de servicios, en función de sus dimensiones poblacionales y territoriales, en los que podrán establecerse sub alcaldías de acuerdo a normativa municipal, que regule su creación y funcionamiento.

II. La organización del espacio territorial del municipio en distritos municipales será de­terminada por Ley Municipal de Distritación, la que establecerá los requisitos y procedimientos para la conformación de Distritos y definirá la gradualidad de su implementación, la prioridad de adopción de mecanismos técnicos y administrativos y la asignación de recursos para la ejecución de los planes, programas y proyectos del Gobierno Autónomo Municipal de acuerdo a las necesidades y número de habitantes.