DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0096/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0096/2015

Fecha: 08-Abr-2015

Artículo 37.- (Audiencias públicas del concejo municipal)

I.  Se instituyen las sesiones de audiencias públicas del concejo municipal y de las comisiones distintas a las sesiones ordinarias y de las comisiones que la integran, con el objeto de recibir en las mismas a la ciudadanía individual o colectivamente, para tratar asuntos relativos al cumplimiento de sus atribuciones. El reglamento interno del concejo establecerá la periodicidad y procedimiento de esta instancia.