DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0096/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0096/2015

Fecha: 08-Abr-2015

Sobre el inc. a)

El requisito en cuestión resulta contrario al art. 234.7 de la Ley Fundamental, que establece como uno de los requisitos para acceder a la función “hablar al menos dos idiomas oficiales del país”, por los fundamentos planteados en el art. 13.I de la presente Carta Orgánica municipal, no se pueden declarar idiomas oficiales del municipio, además que el mismo no es autónomo es la entidad.