DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0096/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0096/2015

Fecha: 08-Abr-2015

intra sistémico

Con referencia al ordenamiento normativo interno o intra sistémico, se había mencionado que este se rige por el principio de jerarquía, en este caso, el desarrollo de la misma debe contener tres elementos: a) El órgano emisor; es decir, señalar expresamente cual es el órgano que produce la norma, ya sea el alcalde o alcaldesa (órgano ejecutivo) o concejo municipal (órgano legislativo), en el marco de las facultades reglamentaria, tratándose del primero, legislativa para el segundo; b) El alcance y naturaleza; de la disposición, o dicho de otro modo que aspectos de la administración del gobierno municipal regulará; y,           c) Jerarquía entre normas; además, de especificar el órgano emisor, los preceptos a desarrollarse deben presentar un orden jerárquico.

También señalar, con respeto a las ordenanzas que el nuevo escenario constitucional reconoce al gobierno local una capacidad legislativa plena en el ámbito de sus competencias, razón que obliga a redimensionar la figura de la ordenanza, dado que en este contexto el instrumento normativo de carácter general propio del concejo municipal es la ley municipal, restringiéndose su capacidad reglamentaria a cuestiones generalmente de gestión interna del propio concejo municipal.