DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0096/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0096/2015

Fecha: 08-Abr-2015

Sobre el numeral 5

El art. 298.II.1 de la CPE, establece como competencia exclusiva del nivel central del Estado, el “Régimen electoral nacional, para la elección de autoridades nacionales y subnacionales…”, estableciéndose del mismo modo en el art. 299.I.1 de la CPE, que: “Las siguientes competencias se ejercerán de forma compartida entre el nivel central del Estado y las entidades territoriales autónomas: Régimen electoral departamental y municipal”, por lo mencionado, corresponde al Estado emitir la legislación básica; en ese sentido se dictó la Ley del Régimen Electoral que se encuentra en plena vigencia, por lo cual la regulación sobre la participación política de las y los jóvenes en todos los procesos eleccionarios no es competencia de los gobiernos municipales.