DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0096/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0096/2015

Fecha: 08-Abr-2015

Sobre los incs. 3) y 10)

El inc. 10) indica como un deber: “Defender y hacer respetar los límites de la jurisdicción municipal”; el art. 158.I.6 de la CPE, establece como una de las atribuciones de la Asamblea Legislativa Plurinacional: “Aprobar la creación de nuevas unidades territoriales y establecer sus límites, de acuerdo con la Constitución y con la ley”; asimismo el art. 269.II de la citada Norma Suprema, establece que: “La creación, modificación y delimitación de las unidades territoriales se hará por voluntad democrática de sus habitantes, de acuerdo a las condiciones establecidas en la Constitución y la ley”, de ambas normas constitucionales se determina que no es una competencia de los gobiernos autónomos municipales la definición de límites y la creación de nuevas unidades territoriales; por otra parte, también mencionar, que el “Defender y el hacer respetar”; son acciones que contrarían el art. 10.I de la CPE, dispone que: “Bolivia es un Estado pacifista, que promueve la cultura de la paz y el derecho a la paz, así como la cooperación entre los pueblos de la región y del mundo, a fin de contribuir al conocimiento mutuo, al desarrollo equitativo y a la promoción de la interculturalidad, con pleno respeto a la soberanía de los estados”.