DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0177/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0177/2015

Fecha: 11-Ago-2015

no es compatible

El contenido del art. 29.21 del proyecto, establece la atribución del Órgano Legislativo Municipal de fiscalizar a través de la Alcaldesa o Alcalde Municipal, a los Oficiales Mayores, Asesores, Directores y personal administrativo Municipal; dentro de este punto la frase “a través de la Alcaldesa o Alcalde Municipal” daría a entender que la fiscalización que es facultad del Concejo Municipal únicamente se podría ejercer por conducto del alcalde o alcaldesa, aspecto que no es compatible con lo determinado por los arts. 12, 272 y 283 de la CPE.