DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0036/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0036/2016

Fecha: 18-Abr-2016

Con relación al numeral 12 del art. 46

El numeral 12 en estudio, establece como atribución de la Alcaldesa o el Alcalde Municipal el proponer al Concejo Municipal, para su aprobación mediante Ley Municipal, el Plan Territorial Autonómico, el Plan Municipal de Ordenamiento Territorial y la Delimitación de Áreas Urbanas, tomando en cuenta que la frase: “Plan Territorial Autonómico” del art. 38.10 del mismo Proyecto, ya ha sido declarado incompatible, corresponde en conexitud al mismo y bajo los argumentos explicados en dicho test, declarar de igual forma su incompatilidad.

Además de considerarse que en esta disposición el estatuyente alude con la denominación de “Plan Territorial Autonómico” al Plan de Desarrollo Municipal, no prevé su elaboración en concordancia con la planificación departamental y nacional conforme dispone el art. 302.I.42 de la CPE. De igual forma en relación al Plan Municipal de Ordenamiento Territorial, tampoco prevé su elaboración en coordinación con los planes del nivel central del Estado, departamentales y el nivel indígena tal cual dispone el art. 302.I.6 de la CPE.