DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0036/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0036/2016

Fecha: 18-Abr-2016

corresponde declarar la incompatibilidad de todo el parágrafo IV del art. 87 del proyecto de Carta Orgánica Municipal

Sin embargo, el parágrafo IV del art. 87 del proyecto de Carta Orgánica Municipal, en cuanto a la auditoria interna establece que una ley municipal regulará la creación, implementación y funcionamiento de la Unidad de Auditoria Interna, cuando de los entendimientos jurisprudenciales citados se tiene que siendo el sistema de control interno una competencia concurrente entre el nivel central del Estado y las ETA, la legislación que determina y desarrolla este sistema le corresponde al nivel central del Estado y la reglamentación y ejecución del control será ejercida de manera simultánea entre las ETA, en este entendido, al ser la auditoria interna un mecanismo del sistema de control interno, no le corresponde al nivel municipal la emisión de una ley municipal para su regulación, sino tan solo ejercer la facultad reglamentaria, por lo que bajo estos motivos, corresponde declarar la incompatibilidad de todo el parágrafo IV del art. 87 del proyecto de Carta Orgánica Municipal, debiendo ser su contenido reformulado conforme a los argumentos citados.