DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0036/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0036/2016

Fecha: 18-Abr-2016

Con relación al numeral 13 del parágrafo II del art. 10

Asimismo, esta disposición en cuanto al contenido del principio de lealtad institucional, establece que el mismo implica la concordancia entre el Gobierno Autónomo Municipal de Ckochas el nivel central del Estado y el Gobierno Autónomo Departamental, para tomar en cuenta el impacto que sus acciones puedan tener sobre su Gobierno, así como el respeto del ejercicio legítimo de las competencias tan solo del nivel central del Estado y del nivel departamental, cuando por el contrario, conforme establece el art. 5. 15 de la LMAD, aplicable por mandato del art. 271 de la CPE, se tiene que el principio de lealtad institucional implica que el nivel central del Estado y todas las ETA, son las que tomarán en cuenta el impacto que sus acciones puedan tener sobre el nivel central del Estado, así como en relación a las otras ETA, es decir, que en este caso el nivel municipal debe tomar el impacto que sus acciones puede tener , no solamente sobre su propio nivel de gobierno, sino en relación al nivel central del Estado y a todas las ETA.