DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0036/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0036/2016

Fecha: 18-Abr-2016

motivo por el cual corresponde declarar la incompatibilidad con la Norma Suprema de todo el art. 85 del proyecto de Carta Orgánica Municipal

En este entendido, de acuerdo a la jurisprudencia constitucional citada, se concibe al control fiscal autonómico como parte del ejercicio del control gubernamental, en el que la legislación básica la desarrolla el nivel central y las ETAs tan solo tienen la facultad reglamentaria y ejecutiva, por ser una competencia concurrente, distinguiendo además dicho control de la facultad fiscalizadora  conferida a los órganos deliberantes de la ETA; sin embargo, en el art. 85 del proyecto de Carta Orgánica Municipal, el estatuyente, confunde el control fiscal con la fiscalización a ser ejercida por los Órganos deliberantes, motivo por el cual corresponde declarar la incompatibilidad con la Norma Suprema de todo el art. 85 del proyecto de Carta Orgánica Municipal, por lo que el estatuyente deberá reformular el contenido de dicha disposición.