DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0036/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0036/2016

Fecha: 18-Abr-2016

frase: “La Concejala o el Concejal designado debe ser del mismo partido político, agrupación ciudadana, al cual pertenece la Alcaldesa o el Alcalde; en caso que no hubiese, podrá ser designado cualquiera de las Concejalas o los Concejales”

Al respecto de esta disposición corresponde señalar que la frase: “La Concejala o el Concejal designado debe ser del mismo partido político, agrupación ciudadana, al cual pertenece la Alcaldesa o el Alcalde; en caso que no hubiese, podrá ser designado cualquiera de las Concejalas o los Concejales” contenida en esta disposición es incompatible conforme los argumentos ya señalados en el control previo de constitucionalidad del art. 32.II del mismo proyecto de Carta Orgánica Municipal; en consecuencia, corresponde declarar su incompatibilidad en conexitud al citado artículo.