DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0036/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0036/2016

Fecha: 18-Abr-2016

no es factible someter a otras normas municipales a un procedimiento legislativo, debido a la categoría jerárquica de la ley municipal dentro el ordenamiento jurídico interno de las ETAs, así como debido a su naturaleza y su actual rol normativo

En este entendido, la jurisprudencia constitucional, de otra parte considera que no es factible someter a otras normas municipales a un procedimiento legislativo, debido a la categoría jerárquica de la ley municipal dentro el ordenamiento jurídico interno de las ETAs, así como debido a su naturaleza y su actual rol normativo…” (las negrillas son añadidas).

Conforme los entendimientos jurisprudenciales citados, no corresponde someter a otras normas municipales que no sean las leyes a un procedimiento legislativo; sin embargo la previsión en análisis, de una parte, si bien en su contenido, determina que una Ley municipal establecerá los mecanismos, plazos y procedimientos para el tratamiento de cada una de las disposiciones legales emanadas por los Órganos del Gobierno Autónomo Municipal de Ckochas, aspecto que no es incompatible; sin embargo, en su epígrafe, el estatuyente refiere al procedimiento legislativo, entendiéndose en consecuencia que todas las disposiciones legales a las que hace referencia como aquellas que provengan de los Órganos del Gobierno Autónomo Municipal serán sujetas a procedimiento legislativo, aspecto que contraviene los entendimientos establecidos por la jurisprudencia constitucional citada; por lo que, dicha contradicción entre el epígrafe y el contenido de la disposición, también genera inseguridad jurídica.