DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0036/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0036/2016

Fecha: 18-Abr-2016

II.

II. Mientras no ejerzan de forma permanente el cargo de Concejales Titulares; las Concejalas y los Concejales Suplentes podrán desempeñar cargos en la administración pública, con excepción de aquellos cargos en el propio Gobierno Autónomo Municipal de su jurisdicción o cualquiera de sus reparticiones.

II. Los Órganos de la Entidad Territorial Autónoma son responsables de promover el respeto de los derechos y garantías previstas por la norma constitucional y leyes en vigencia, así como; cumplir con lo establecido en la presente Carta Orgánica Municipal con relación a la Democracia Directa y Participativa.

II. El Gobierno Autónomo Municipal de Ckochas a través de una Ley Municipal, determinará los procedimientos para la planificación participativa en la elaboración del Presupuesto Municipal, Programa Operativo Anual, Plan Estratégico Institucional, Plan Territorial Autonómico, Plan de Ordenamiento Territorial y Uso de Suelos, y otras herramientas de planificación.

II. El Órgano Legislativo mediante Ley Municipal normará y regulará el Referendo Municipal en concordancia a lo estipulado en la Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia, la Ley en el Marco de  Autonomías y Descentralización, la Ley de Régimen Electoral y en el ejercicio de las competencias exclusivas de la Entidad Territorial Autónoma.

II. El Órgano Legislativo mediante Ley Municipal normará y regulará la implementación de la Cumbre Municipal en concordancia a lo estipulado en la Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia y la Ley Marco de Autonomías y Descentralización, para tratar temas que afecten a todo el municipio en su conjunto.

II. El Órgano Legislativo mediante Ley Municipal normará y regulará la implementación de la Asamblea Municipal en concordancia a lo estipulado en la Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia y la Ley, para tratar exclusivamente temas que afecten a un determinado Distrito, comunidad y/o  temas orgánicos.

II. El Gobierno Autónomo Municipal de Ckochas elaborará la norma específica referida a; Administración de Bienes y Servicios en el marco de la legislación vigente que permita definir el Patrimonio de la Entidad Territorial Autónoma, Empresas Municipales, Entidades Descentralizadas y Desconcentradas, y otras formas de organización, su régimen jurídico, así como; regular la administración, control, registro y actualización del mismo con Participación Ciudadana y Control Social.

II. La Planilla Salarial es la estimación presupuestaria sobre la remuneración que recibirán las Servidoras y los Servidores públicos del Gobierno Autónomo Municipal durante una determinada gestión, la misma que incluye haber básico, bonos, aguinaldos, aportes a seguros y otros derechos que le asiste la Ley en vigencia.

II. Los convenios o acuerdos que requieran de la concurrencia y/o contraparte de recursos económicos del Gobierno Autónomo Municipal; deberán ser remitidos a conocimiento del Concejo Municipal para su respectiva aprobación y/o ratificación en cumplimento de las previsiones establecidas en las leyes en vigencia.

II. Las competencias se ejercen bajo responsabilidad directa de los Órganos del Gobierno Autónomo Municipal, personalizadas en las Servidoras y los Servidores Públicos debiendo estar sujetas a los sistemas de gestión pública, control gubernamental establecido en la ley, así como al control jurisdiccional.

II.   En los municipios donde existan naciones y pueblos indígena originario campesinos, que no constituyan una autonomía indígena originaria campesina, éstos podrán elegir sus representantes ante el Concejo Municipal de forma directa mediante normas y procedimientos propios y de acuerdo a la Carta Orgánica Municipal.