Auto Supremo AS/0928/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0928/2016-RRC

Fecha: 24-Nov-2016

De los actuados procesales se tiene que en el sexto agravio deducido por los coacusados,


De los actuados procesales se tiene que en el sexto agravio deducido por los coacusados, se denunció que concluido el juicio el 11 de marzo de 2016 con la lectura de la parte resolutiva de la Sentencia 07/2016, el miércoles 16 de marzo de 2016 se dio lectura a la misma y recién el 23 del mismo mes y año, es decir, siete días después de su lectura íntegra, recién se les notificó personalmente con dicho fallo, actuación que señalan les generó actividad procesal defectuosa absoluta no susceptible de convalidación y vició de nulidad la Sentencia. Agravio que dio lugar a que el Tribunal de Sentencia, sin mayor fundamentación sostenga que es evidente que los recurrentes no fueron notificados con la Sentencia y tampoco se les entregó copia dentro del plazo establecido por el art. 361 última parte del CPP. Concluyendo en ser evidente el agravio reclamado por los recurrentes y declarando procedente el recurso planteado