Auto Supremo AS/0928/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0928/2016-RRC

Fecha: 24-Nov-2016

Respecto al quinto agravio, el Tribunal de alzada señala que existe una defectuosa valoración de


5) Quinto agravio.

Respecto al quinto agravio, el Tribunal de alzada señala que existe una defectuosa valoración de la prueba sin indicar de qué manera en cuanto a la existencia del arma de fuego y de cómo la acusada llevó a la víctima ante el acusado para consumar el delito; empero, existe una menor de edad víctima de violación, cuyos autores han sido identificados, no obstante el Tribunal de alzada hace referencia al hecho de que después de un año de la primera violación no fue denunciada y que dicho extremo no fue valorado, olvidando el valor que debe darse a la declaración de la menor; por lo que, consideran que el tribunal ad quem omitió la fundamentación, causando perjuicios discriminatorios y revictimizantes, más aun cuando el hecho sucedió en marzo de 2014 y la denuncia de la madre se presentó en febrero de 2015, menos de un año, lo cual no borra la verdad material de los hechos ocurridos