DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0093/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0093/2014

Fecha: 19-Dic-2014

Artículo 136.- (Distritos municipales)

 I.- Definición: Los Distritos Municipales, son unidades administrativa dependiente del Gobierno Autónomo Municipal, integradas territorialmente, y a las cuales deben adecuarse los servicios públicos. Funcionan como categorías de agregación para la planificación participativa, en las cuales se pueden elaborar planes de desarrollo distrital y ejercer la administración desconcentrada a través de un Sub alcalde.

II.- Sobre la base de los límites establecidos en el artículo 2 de la presente Carta Orgánica, el municipio está compuesto por 9 distritos. La creación, modificación y delimitación de estas unidades territoriales se efectuará mediante Ley Municipal, con el fin de desconcentrar la administración pública.