DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0093/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0093/2014

Fecha: 19-Dic-2014

organización básica del Estado

La Constitución Política del Estado, refiere que la organización territorial del Estado Plurinacional, norma que se constituye en la Ley Fundamental, cuyo procedimiento de elaboración y reforma difiere de las normas ordinarias y su contenido está referido a la organización básica del Estado y de los órganos de gobierno y al reconocimiento de los derechos y garantías de los ciudadanos.

Al respecto se infiere de la DCP 0001/2013, que la incompatibilidad del uso de la frase “se reconoce” en caso de que fuese empleada en directa relación con los derechos y garantías fundamentales, esto en razón a que las normas institucionales básicas de las ETA, no son competentes para efectuar su reconocimiento, también estableció que el término “reconoce” podría interpretarse como una ratificación del sometimiento del proyecto de la Carta Orgánica Municipal a la Constitución Política del Estado, bajo el principio de supremacía constitucional, su uso en este caso está referido a la organización territorial del Estado; lo que ocasiona confusión respecto a su legitimación en sí misma, la que deviene de la realidad reconocida en la Constitución Política del Estado y acatada por todas sus instancias, lo que impide que una ETA, se arrogue competencia para reconocerse asimismo como parte de la organización territorial del Estado.