DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0093/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0093/2014

Fecha: 19-Dic-2014

El proceso de asunción de competencias está sujeto a procedimientos específicos que estarán normados mediante reglamentación específica en sujeción estricta a la Constitución Política del Estado Plurinacional, y a la Ley Marco de Autonomía y Descentralización, señala que la delegación de una competencia que era ejercida efectivamente por            la entidad que la confiere, incluirá los recursos, la infraestructura, equipamiento y los instrumentos técnicos y metodológicos que se hayan estado empleando para ello, así como la capacitación de personal y transmisión del conocimiento que forman parte de su ejercicio

El proceso de asunción de competencias está sujeto a procedimientos específicos que estarán normados mediante reglamentación específica en sujeción estricta a la Constitución Política del Estado Plurinacional, y a la Ley Marco de Autonomía y Descentralización, señala que la delegación de una competencia que era ejercida efectivamente por            la entidad que la confiere, incluirá los recursos, la infraestructura, equipamiento y los instrumentos técnicos y metodológicos que se hayan estado empleando para ello, así como la capacitación de personal y transmisión del conocimiento que forman parte de su ejercicio” (las negrillas y subrayado nos corresponden).

La presente disposición, por su nombre y el contenido de su primera parte hace referencia a la asunción de las competencias; sin embargo, en la segunda parte, a partir de la frase “…, señala que…” resulta ser una transcripción del         art. 76.II de la LMAD, referido a la delegación de competencias, lo cual genera una total ambigüedad de la norma y que al igual que en el análisis del artículo anterior,  genera un ambiente de inseguridad jurídica, contraponiendo principios constitucionales.