DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0093/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0093/2014

Fecha: 19-Dic-2014

Artículo 35.- (ATRIBUCIONES Y FUNCIONES DEL ALCALDE)

16. Elaborar y proponer al Concejo Municipal, para su aprobación y remisión al Poder Ejecutivo del nivel central del Estado, los planos de zonificación y valuación zonal, tablas de valores según la calidad de vía del suelo y la delimitación literal de cada una de las zonas detectadas por el proceso de zonificación.

26. Sancionar a las personas individuales y colectivas, públicas o privadas, que infrinjan las disposiciones de preservación del Patrimonio Nacional, dominio y potestad públicas, uso común, normas sanitarias básicas, de uso del suelo, medio ambiente, protección a la fauna silvestre, animales domésticos, elaboración, transporte y venta de productos alimenticios para consumo humano y animal, así como los productos destinados al cultivo vegetal prohibidos, de acuerdo con el Reglamento.

27. Ordenar la demolición de los inmuebles que no cumplan con las normas de servicio básico, de uso del suelo, subsuelo y sobresuelo, normas urbanísticas y normas administrativas especiales, pudiendo solicitar para ello la cooperación de las autoridades nacionales centrales, departamentales y reguladoras; así como la reasignación del uso del suelo que corresponda.