DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0093/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0093/2014

Fecha: 19-Dic-2014

No tener pliego de cargo o sentencia condenatoria ejecutoriada

Por disposición del art. 233 de la CPE, los alcaldes y concejales, se constituyen en servidores públicos electos; el estatuyente municipal, a tiempo de establecer los requisitos para ser candidatos para alcaldesa o alcalde, ha incurrido en la misma inobservancia del art. 26 del proyecto de la Carta Orgánica, con referencia a los requisitos mínimos para optar el cargo de concejala o concejal, (el no tener pliego de cargo o sentencia condenatoria); consiguientemente, por conexitud con dicho requisito, que fue declarado incompatible y bajo el mismo análisis, se declara la incompatibilidad con la Constitución Política del Estado, del requisito “No tener pliego de cargo o sentencia condenatoria ejecutoriada”, inserta en el    art. 34 del proyecto de Carta Orgánica Municipal de Culpina   (el resaltado es nuestro).