DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0093/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0093/2014

Fecha: 19-Dic-2014

PREAMBULO

La historia nos cuenta que en 1889, se funda el Priorato de Pilaya y Paspaya con la misma jurisdicción territorial de lo que hoy, es las provincias Nor y Sud Cinti, con sus primeros pobladores los guaraníes,  que habitaban en las riberas del rio Pilaya. Posteriormente, durante la colonia se reconoce a la hacienda San Martin de Culpina que pertenecía al industrial minero español Antonio López de Quiroga.

Sin duda, la reseña más emblemática da cuenta que a partir de 1814 los cinteños deciden conformar la resistencia e iniciar el levantamiento en contra el dominio español, de la mano de José Vicente Camargo se organiza la republiqueta de los Cintis que logran hazañas heroicas importantes debilitando y afectando al ejército español que venían de la Argentina y en dirección de la Audiencia de Charcas, las batallas eran crueles y despiadadas considerando que el ejército español tenía armas y los nuestros solo honor y deseos de libertad.

El 20 de diciembre de 1960, Víctor Paz Estensoro promulga la Ley Nº  61, creando la segunda sección municipal con su Capital Culpina, desde ese tiempo se vinieron realizando esfuerzos para que hombres y mujeres desde el pueblo y las comunidades vienen sembrando esperanzas que la madre tierra nos devuelve en alimento y  esperanzas.

El nuevo escenario del proceso autonómico que se construye en el Estado Plurinacional de Bolivia nos permite rediseñar nuestro municipio. Las autoridades municipales asumieron el mandato constitucional incidiendo en la construcción de la Carta Orgánica Municipal de manera participativa y en corresponsabilidad con organizaciones sociales, juntas vecinales, instituciones de la sociedad civil que respondieron a la convocatoria con la responsabilidad de aportar con su presencia y su propuesta encomendadas por sus bases.

La constitución de la Comisión Redactora Municipal de Culpina permitió crear el escenario para el intercambio, deliberación y coincidencia de artículos que permitirán fijar políticas públicas municipales en beneficio de la ciudadanía culpineña. Entre la esperanza y las nuevas leyes vigentes diseñamos el municipio que proyectamos.

Por tanto, al constituirse la Carta Orgánica Municipal en la norma autonómica principal que orientara el trabajo del Gobierno Autónomo Municipal de Culpina; nosotros, representantes del Municipio Autónomo de Culpina, Departamento de Chuquisaca del Estado Plurinacional de Bolivia, cumplimiento del mandato que nos fuera otorgado, con el objeto de construir nuestra Carta Orgánica, interpretando nuestra identidad histórica, consagrando nuestra Autonomía Municipal, asegurando un orden justo e igualitario dentro del sistema democrático; garantizando el desarrollo humano sostenible y sustentable, la participación ciudadana, el pluralismo de ideas y el ejercicio de los derechos en un orden solidario, justo, libre e igualitario; defendiendo los derechos humanos y la convivencia en paz; garantizando la igualdad real de oportunidades de género y generacional; asegurando la eficiencia y el control, promoviendo la educación, salud, comprometiendo la eficiencia de los servicios públicos; custodiando y fortaleciendo el área productiva, la calidad de vida y los recursos naturales; preservando el medio ambiente, el patrimonio histórico y cultural, impulsando el fortalecimiento de las relaciones integradoras con los municipios de la región, el país y el mundo; SANCIONAMOS esta de Carta Orgánica Municipal para quienes habitan y quieran habitar este bendito suelo culpineño.