DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0216/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0216/2015

Fecha: 16-Dic-2015

“ARTÍCULO 197.- Declaración de necesidad de reforma.

La necesidad de reforma deberá ser declarada por el Concejo Municipal, y aprobada por el voto de dos tercios (2/3) de la totalidad de los miembros. Asimismo, se deberá expresar si se trata de una reforma total o parcial, determinándose en este último caso, con precisión, cuáles serán las normas que se modificarán.”