DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0216/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0216/2015

Fecha: 16-Dic-2015

“ARTÍCULO 26.- Atribuciones

11)   Autorizar viajes de la Alcaldesa o Alcalde según la ley municipal. Tratándose de una ausencia mayor a cinco (5) días calendario corresponde a un miembro del Concejo Municipal la suplencia temporal de la máxima autoridad ejecutiva con el voto afirmativo de dos tercios (2/3) de los miembros presentes conforme a la Ley Municipal del Órgano Legislativo;

3)    Autorizar al Órgano Ejecutivo, la emisión de títulos valores, la negociación y constitución de empréstitos en un plazo máximo de veinte y uno (21) días calendario, computables a partir de la solicitud presentada por el Órgano Ejecutivo y sea conforme a lo dispuesto en el Constitución Política del Estado y la Ley Marco de Autonomías y Descentralización.