DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0216/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0216/2015

Fecha: 16-Dic-2015

“Articulo  69 (Requisitos)

II.    Los servidores públicos municipales designados y de libre nombramiento; además, de cumplir con las condiciones y requisitos para acceder a la función pública establecidos en la Constitución Política del Estado Plurinacional deberán acreditar una residencia mínima de cinco (5) años en el municipio de Colcapirhua antes de su designación o nombramiento.